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5 falsos mitos sobre la declaración de la Renta

5 falsos mitos sobre la declaración de la Renta

La campaña de la declaración de la Renta ya ha arrancado  y con ella las dudas: ¿Tengo que hacer la declaración?, ¿Me saldrá a pagar este año?, ¿Qué cosas tengo que incluir?… Hasta el 30 de junio, los contribuyentes podrán presentar sus declaraciones de lo ingresado en 2018 para ver si les toca pagar más impuestos o Hacienda les devuelve parte de las retenciones que les hizo durante el año. 

Los consejos y las advertencias se repiten un año tras otro, aunque no todos tienen la misma veracidad. Esa repetición ha convertido algunas creencias falsas en dogmas que muchos aceptan sin dudar apenas. Para evitar confusiones desmentimos las 5 falsas creencias más extendidas sobre la declaración de la Renta.

Mitos sobre la Renta 

  1. “Si hago un año la declaración de la Renta, ya tengo que hacerla siempre”.

FALSO. La declaración de la renta se utiliza para regular los impuestos que se pagan cada año y la situación de las personas que los abonan puede cambiar de un ejercicio a otro. Si se debe o no hacer la declaración dependerá de las condiciones y lo ingresado el año anterior y no de si se ha hecho con anterioridad. 

  1. “Si tengo dos o más pagadores, me sale a pagar seguro” 

FALSO. El hecho de tener más de un pagador no implica necesariamente que la Renta vaya a salir a pagar, o que pagues más impuestos. Lo único que cambia al tener más de un pagador es que desciende el mínimo ingresado a partir del cual hay que realizar la declaración de la Renta para los trabajadores por cuenta ajena. Ahora bien, si cambias de trabajo durante el ejercicio fiscal, o has estado en paro, ERTE o similar, debes asegurarte de que la retención que se aplica en la nómina es la correcta. 

  1. “Si hago la declaración antes tardarán menos en pagarme”

FALSO. En general, la Administración no suele tardar más de un mes en devolver el dinero, pero el plazo que hay que esperar suele ser similar tanto para los que la presentan al principio como en los últimos días de plazo. Además, Hacienda dispone de seis meses, desde el término del plazo de presentación de las declaraciones, para hacer la devolución. 

  1. “Si consulto el borrador ya tengo que presentar la Renta” 

FALSO. Consultar o pedir el borrador no obliga a presentar la declaración a Hacienda. Simplemente es un documento preliminar que muestra cómo puede quedar el proceso y cuál sería la cantidad a pagar o recibir, pero no obliga a tener que presentarla después.

  1. “Si cobro el paro no tengo que hacer la declaración de la Renta” 

FALSO. El paro no está exento de tributar en la declaración de la Renta. De hecho, en el IRPF el paro tiene la misma consideración que un salario, por lo que deberá declararse. 

Esperamos haber resuelto tus dudas sobre la Renta, pero seguramente a la hora de presentarla surjan muchas más. Por ello, en  Asesoría Campastur estaremos encantados de echarte una mano y encargarnos por ti.  Contacta con nosotros y no te preocupes por la Renta este año.

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¿Cómo saber si la declaración de la Renta me sale a pagar o devolver?

¿Cómo saber si la declaración de la Renta me sale a pagar o devolver?

Queda menos de un mes para que arranque la campaña de la Renta, que comienza oficialmente el 11 de abril. Pero antes de que llegue la fecha, entre las preguntas más habituales siempre está la siguiente: ¿cómo saber si la declaración me sale a pagar o devolver? Si quieres adelantarte al resultado, te contamos cómo puedes hacerlo. ¡Presta atención! 

¿Qué es el simulador de la Renta?

La declaración de la Renta es algo por lo que pasamos todos los años, y la gran duda es siempre saber si nos va a salir a pagar o a devolver. Aquí es donde entra en juego el simulador, una herramienta online con la que vas a poder conocer el resultado de forma anticipada. Lo que pretende este buscador es permitirte escribir tus datos y saber un resultado final para tener una idea de cómo va a salir la declaración.

Además, se trata de un simulador no vinculante, lo que quiere decir que puedes hacer todas las pruebas que quieras con él. El resultado no afecta al borrador de la Renta en ningún momento. 

¿Cómo funciona el simulador?

Para entrar al simulador, simplemente tienes que ir a la web de la campaña de la Renta 2022 de la Agencia Tributaria y pulsar en la opción Renta Web Open Simulador

 Una vez dentro, el funcionamiento es muy sencillo: aparecerá una ventana en la que se puede optar por la casilla ‘nueva declaración’ o por ‘cargar’. Esta última opción está disponible desde el año pasado y consiste en que los autónomos pueden importar de forma instantánea los rendimientos de su actividad a través de los libros de registro. Con tan sólo subir este documento en Excel al sistema, se auto-completarán los datos más importantes de la declaración. 

Tras rellenar los datos identificativos principales, aparecerá directamente el resumen de declaraciones. En él se muestran las distintas bases imponibles y liquidables y un resultado que, al principio, va a salir a cero.  Para descubrir si tu declaración de la renta te saldrá a pagar o a devolver tendrás que rellenar cada uno de los distintos apartados.  

Cuando se hayan introducido todos los datos necesarios, se puede dar a ‘validar’ para comprobar si falta información o existen errores. El programa hará automáticamente un resumen con los datos y mostrará el resultado de la declaración. 


Ahora ya sabes cómo conocer antes de presentar la Renta, si el resultado será favorable para ti. Sin embargo, este simulador puede resultarte un poco complicado. Por ello, si necesitas ayuda con la Renta, en Asesoría Campastur estaremos encantados de echarte una mano.  Contacta con nosotros y no te preocupes por la Renta este año. ¡Déjala en nuestras manos!

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Claves en la Declaración de la Renta 2022 para los autónomos

Claves en la Declaración de la Renta 2022 para los autónomos

Cuenta atrás para la campaña de la Renta 2022-2023. Una vez más llega la que es una de las fechas más importantes para los autónomos. Es hora de presentar los resultados económicos del año pasado y saber si habrá que aportar una cuantía económica o si se tendrá la suerte de obtener una devolución por lo que se ha pagado del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a lo largo del año. A la vuelta de la esquina tenemos la Renta 2022, que esta vez viene con importantes novedades. ¿Quieres saber cómo te afectarán si eres autónomo? Te lo contamos. 

¿Qué autónomos están obligados a presentar la Declaración?

Si se pone el foco sobre los trabajadores por cuenta propia, conviene tener en cuenta que este año habrán de reunir las mismas condiciones a la hora de presentar o no la Declaración de la Renta. Tal y como ha especificado la Agencia Tributaria, en 2023 han de formalizar este trámite todos los autónomos que hayan obtenido un rendimiento neto igual o superior a los 1.000 euros.

Novedades en la Declaración de la Renta para autónomos

Entre las novedades más importantes en la Renta de este año para los autónomos destacan las siguientes. 

  • Los autónomos que tributen por módulos tendrán una reducción adicional del 5% en los rendimientos netos, lo que supondrá un ahorro sustancial para más de 500.000 autónomos.
  • La llegada de las nuevas cuotas para autónomos ha hecho que la deducción por gastos de difícil justificación (sin factura) pase del 5 al 7% para los autónomos.
  • Aquellos trabajadores autónomos con al menos dos hijos que presenten una declaración conjunta con su pareja, tendrán un aumento del mínimo de tributación hasta los 19.000 euros.
  • Los autónomos en situación de pluriactividad y con rentas del trabajo superiores a 15.000 euros estarán exentos del pago del IRPF.

Fechas de la campaña de la Renta 2022

Pero, ¿cuándo empieza el plazo para presentar la Renta? Estas son las fechas que debes tener en cuenta. 

  • A través de Internet, la Declaración de la Renta comenzará el 11 de abril y se extenderá hasta el 30 de junio. 
  • Por teléfono, la presentación irá del 5 de mayo al 30 de junio. 
  • Para hacer la Renta presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria, el plazo irá del 1 de junio al 30 del mismo mes. 

¿Quieres que te ayudemos con la Declaración de la Renta?  En Asesoría Campastur estaremos encantados de echarte una mano para analizar tu caso y que el resultado sea lo más favorable posible para ti.   Contacta con nosotros y despreocúpate de la Renta este año. Nosotros nos encargamos de todo por ti.

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¿Qué tener en cuenta en la Declaración de la Renta si eres autónomo?

¿Qué tener en cuenta en la Declaración de la Renta si eres autónomo?

Desde el 6 de abril la Declaración de la Renta 21 está en marcha y, como cada año, son muchos los ciudadanos a los que les asaltan las dudas, especialmente a los autónomos. Estos están obligados a presentar la Renta, con la única excepción de haber recibido menos de 1.000 euros anuales. Pero, ¿qué es lo que deben tener en cuenta? Te lo contamos. 

Peculiaridades de la Declaración de la Renta para autónomos

  • Tipo de régimen: los trabajadores autónomos pueden optar a tres regímenes: estimación directa simplificada, estimación directa normal y la estimación objetiva, el comúnmente conocido como régimen de módulos.
    • Estimación directa simplificada: la mayoría de los autónomos se encuentra en este grupo, destinado a aquellos con actividades económicas cuya facturación no supere los 600.000 euros anuales en el año anterior. 
    • Estimación directa normal: para autónomos con actividades económicas que facturen más de 600.000 euros anuales en el año anterior.
    • Módulos: es una fórmula que simplifica muchísimo la gestión fiscal y contable, pero es sólo para autónomos que cumplan una serie de requisitos específicos (actividades concretas con ciertos límites de ingresos). 
  • Deducción de gastos: los gastos deducibles son aquellos que están vinculados a la actividad económica del autónomo, se pueden justificar mediante una factura y están registrados en el libro de gastos e inversiones del autónomo. Pincha aquí para conocer los principales gastos deducibles a los que te puedes acoger. 
  • Retenciones: como norma general, los autónomos deben incluir retenciones del IRPF en sus facturas. El tipo de retención o porcentaje a aplicar en las facturas es, con carácter general, el 15%. Pero hay que tener en cuenta que, si se trata de un nuevo autónomo dado de alta, tanto ese año como los dos siguientes, puede aplicar una retención reducida del 7% siempre que no haya desarrollado una actividad profesional durante el último año. 

En Asesoría Campastur sabemos que si tienes tu propio negocio llevar a cabo la declaración de la Renta puede convertirse en un auténtico quebradero de cabeza. Contacta con nosotros y nos encargamos de hacerla por ti. Te garantizamos el mejor resultado para tu bolsillo.

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¿Cuándo termina el plazo para presentar la declaración de la renta?

El pasado 7 de abril comenzó oficialmente la campaña de la Renta 2020, aunque ese día lo hizo solo en modalidad online. Desde entonces, los contribuyentes pueden consultar el borrador y presentar la declaración. Todo aquel que tributa en España tendrá que rendir cuentas con Hacienda sobre los ingresos anuales percibidos durante 2020. Pero, ¿cuándo termina el plazo para hacerlo? En Campastur Asesoría respondemos a esta y otras preguntas. 

¿Cuándo termina la campaña de la Renta 2020?

¿Todavía no has presentado la declaración de la renta? Si es así, debes saber que tan solo te quedan unos días. 

  • En el caso de las declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación bancaria, el plazo termina el 25 de junio
  • Cinco días después, el miércoles 30 de junio, finaliza el plazo para presentar la declaración de la Renta si el resultado es a devolver. 

Pero, ¿qué ocurre si no presentas la renta a tiempo? En caso de que seas una de esas personas que están obligadas a hacer la declaración, y la presentes más allá del próximo 1 de julio podrás enfrentarte a una sanción de entre el 5 y el 20% dependiendo del tiempo de retraso y del resultado de la declaración.

Los recargos serán los siguientes: 

  • Del 5%: cuando el contribuyente que presente la declaración con un retraso máximo de tres meses. 
  • Del 10%: si se presenta con un retraso de entre tres y seis meses. 
  • Del 15%: si el retraso es por el periodo comprendido entre los seis y doce meses. 
  • Del 20%: cuando el retraso es superior al año. En este último caso se exigirán además intereses de demora por los días que transcurran desde el día siguiente al término de los 12 meses indicados.

Declaración de la Renta 2020: plazos para pagar

En esta especial campaña de la declaración de la Renta, muchos contribuyentes que, tradicionalmente, no han tenido que devolver dinero a Hacienda sí deberán hacerlo este año con motivo de ciertas medidas derivadas de la pandemia. Por ejemplo, Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) o el nuevo Ingreso Mínimo Vital (IMV). No obstante, la Agencia Tributaria ofrece varias posibilidades para devolver el dinero. 

Si el contribuyente obtiene resultados positivos (a pagar) en la renta, la forma de pago que aparece señalada por defecto es la de dos plazos.

  • Primer plazo: será del 60% de la declaración y se cargará el 30 de junio. 
  • Segundo plazo: será del 40% y se cargará el próximo 5 de noviembre. 

Los declarantes que prefieran realizar un pago único también podrán hacerlo.  En ambos casos las opciones son las mismas: el pago domiciliado, el pago electrónico o mediante un documento de pago en banco o caja. 

Si aún no has presentado la declaración, en Campastur Asesoría lo hacemos por ti. Este es, sin duda, uno de los impuestos más conocidos porque afecta a todos los ciudadanos. Pero aunque tenga carácter universal, pueden surgir muchas dudas. Nosotros nos encargamos de resolverlas, asesorarte y realizar todos los trámites para que no tengas que perder tiempo en todo aquello que no es tu actividad profesional. Contacta con nosotros si quieres nuestra ayuda.