La obligación de realizar un registro retributivo ya existía desde el 8 de marzo de 2019. No obstante, desde el 14 de abril de este mismo año todas las empresas deben tener un listado salarial de la plantilla, incluyendo personal directivo y altos cargos, tal y como recoge el Real Decreto 902/2020. El documento busca garantizar la transparencia retributiva y la igualdad entre hombres y mujeres en el ámbito laboral. Es decir, se trata de un mecanismo fundamental para implementar la igualdad real. Pero, ¿qué es exactamente el registro retributivo y cómo se hace? Te lo contamos.
¿Qué es el registro retributivo y quién debe hacerlo?
Disponer de un registro retributivo es obligatorio en todas las empresas y autónomos con trabajadores.
La norma obliga a las empresas a elaborar un registro en el que esté incluida toda su plantilla y que consiste en elaborar un listado con la media por concepto salarial y grupo profesional desglosado entre hombre y mujeres. Esto supone analizar los salarios y las percepciones extrasalariales de todas las personas trabajadoras, durante un año completo y establecer medidas que permitan erradicar o disminuir todo tipo de desigualdad entre géneros.
Cuando en una empresa de más de 50 trabajadores hay una brecha salarial de más del 25%, el empresario debe justificar los motivos y demostrar que esa diferencia no está relacionada con el sexo de la plantilla.
Además, las empresas con 50 o más trabajadores también deberán realizar una auditoría salarial. El objetivo de la misma es comprobar si el sistema retributivo de la empresa cumple con la aplicación del principio de igualdad en materia de retribución.
Estas empresas de 50 o más trabajadores tienen la obligación de tener implantado un plan de igualdad, según el siguiente calendario:
- Empresas con más de 150 trabajadores: se hizo obligatoria en marzo de 2020
- Empresas con más de 100 trabajadores: es obligatoria desde marzo de 2021
- Empresas con más de 50 empleados: será obligatorio a partir de 2022
¿Cómo realizar el registro retributivo?
Pero, ¿cómo realizar de forma correcta el registro retributivo? En él se deben incluir los siguientes datos desagregados por sexo:
- Salario total anual y brecha de género
- Salario base anual y brecha de género
- Complementos salariales anuales y brecha de género
- Percepciones extrasalariales y brecha de género
- Percepciones anuales por horas extraordinarias y por horas complementarias y brecha de género.
Todos ellos debes desglosarlos por:
- Categoría profesional
- Grupo profesional
- Puesto de trabajo
Sanciones por no disponer de registro retributivo (H2)
No disponer del registro retributivo será motivo de sanción. El Real Decreto 902/2020 establece que la ausencia de dicho registro retributivo puede suponer el inicio de acciones administrativas y judiciales y/o a la aplicación de sanciones por discriminación.
Así, todas aquellas empresas que no realicen el registro retributivo o lo falseen pueden ser sancionadas de acuerdo con el régimen de infracciones y sanciones de la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social (LISOS), dependiendo de la gravedad de los hechos. En el caso de las infracciones muy graves, las fracciones podrán oscilar entre los 6.251 euros y los 187.515.
Ahora ya sabes que si tienes una empresa, el registro retributivo es algo que debes tener muy presente. En Campastur Asesoría te ayudamos para que no tengas que perder tiempo en todo aquello que no es tu actividad profesional. No dudes en contactar con nosotros si quieres información sobre el registro retributivo o cualquier otro aspecto relacionado con tu negocio. Te ofrecemos propuestas de asesoramiento perfectas para tu proyecto.