Ser autónomo no es un camino fácil. A todas las dificultades propias de la actividad se le unen las obligaciones administrativas a las que hay que hacer frente de manera mensual, trimestral y anual desde el mismo momento del alta. De hecho, la Agencia Tributaria es el compañero fiel de cualquier emprendedor. Y para estar al día con ella hay que cumplimentar en tiempo y forma determinados modelos fiscales en los que se refleja la información referente a cada negocio. ¿Quieres saber cuáles son? Te lo contamos.
Modelos fiscales para trabajadores autónomos
Los modelos tributarios o fiscales son formularios que se utilizan para presentar los impuestos en el momento que corresponda, para comunicar a la Hacienda Pública una situación patrimonial. La presentación de estos modelos supone una obligación tributaria y se lleva a cabo de un modo periódico. Estos son los más importantes.
- Modelo 100 del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas: pocas personas lo conocen por el modelo 100 porque todos hacen referencia a él como la declaración de la Renta. Cualquier persona física, sea autónomo o no, tiene que realizar su declaración anual del IRPF. Deben presentarla todos aquellos cuyos siempre y cuando los ingresos del segundo pagador y siguientes no superen los 1.500 € anuales.
- Modelo 130 de empresarios y profesionales en Estimación Directa: a través del modelo 130, los autónomos deben presentar los beneficios obtenidos y efectuar cada trimestre el pago a cuenta de su futura declaración anual del IRPF. Para los autónomos que tributen a través del método de estimación objetiva (módulos), se utilizará el modelo 131.
- Modelo 303 de autoliquidación del IVA: es el resultado de determinar el IVA repercutido en las facturas emitidas a los clientes y restarle el IVA deducible por las facturas de compras y gastos para la actividad. Debe presentarse también de forma trimestral.
- Modelo 115, de rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos: los autónomos que tengan arrendado un local (oficina, naves industriales) para el desarrollo de su actividad deberán presentar el modelo 115 con todas las retenciones practicadas por sus alquileres a lo largo del trimestre. Igual que en los casos anteriores, se presenta de forma trimestral.
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