#autonomos

¿Qué pasa si no pago la cuota de autónomos?

¿Qué pasa si no pago la cuota de autónomos?

Los trabajadores autónomos tienen una serie de obligaciones con las administraciones públicas, y una de ellas, como bien sabes, es abonar religiosamente tu cotización mensual a la Seguridad Social, comúnmente conocida como la cuota de autónomos. Pero, ¿qué ocurre si no la pagas?, ¿a qué consecuencias te enfrentas? Te lo contamos. 

La obligación de pagar de la cuota de autónomos

La obligación de cotizar nace desde el momento en que se inicia la actividad económica que se va a desarrollar y no se extingue hasta el día en que se cesa en la misma y queda constancia de ello a través de la baja de autónomos.

Estás obligado a la domiciliación de las cuotas, por lo que en los últimos días del mes la Seguridad Social te pasará el cargo que te corresponda.

Y como se trata de una obligación y, por tanto, es un pago ineludible, en caso de no cumplir con él se aplicarán recargos e intereses. 

Estas son las consecuencias de no pagar la cuota de autónomos

El impago de la cuota de autónomos puede conllevar el cobro de recargos y/o intereses por parte de la Seguridad Social. Son los siguientes: 

  • Si no se realiza el pago dentro del plazo establecido, se aplicará un recargo del 10%, siempre que se abone en el mes siguiente.
  • En caso de que el pago se retrase más de un mes, el recargo será del 20% más los intereses acumulados. 

Además de los recargos e intereses, la Seguridad Social puede imponer sanciones al trabajador autónomo por el impago de sus cuotas. Las sanciones pueden variar en función del tiempo que ha transcurrido desde el impago, así como del importe de la deuda.

  • Sanción del 20%: en el caso de que no se produzca el pago durante un periodo de tres meses, se le aplicará una sanción del 20% sobre el importe adeudado.
  • Sanción del 35%: en cambio, si el plazo se amplía a un periodo igual o superior a seis meses, se le aplicará una sanción del 35% sobre el importe adeudado.
  • Sanción del 50%: si un trabajador autónomo no paga su cuota de autónomos durante un periodo de un año, se le aplicará una sanción del 50% sobre el importe adeudado.

Pérdida de derechos 

Si no pagas tus cuotas de autónomos durante un período prolongado, puedes perder el acceso a determinados derechos y prestaciones, como la protección social, la prestación por cese de actividad o la pensión de jubilación, entre otros.

Respecto a la tarifa reducida, este beneficio se pierde también automáticamente al no pagar la cuota, y deberá abonarse la cuota mínima de autónomos, que es de 234,50€. 

Ahora ya sabes que debes evitar al máximo el impago de la cuota de autónomos, porque .¿Quieres llevar un control contable y fiscal de tu negocio para que esto te pase? En Asesoría Campastur estaremos encantados de ayudarte y echarte una mano en lo que necesites.  Contacta con nosotros y céntrate en tu proyecto. El resto es cosa nuestra. 

Publicado por Javier Fernández Díaz en Blog, 0 comentarios
¿Merece la pena darse de baja de autónomos en verano si disminuye el negocio?

¿Merece la pena darse de baja de autónomos en verano si disminuye el negocio?

Para algunos autónomos, el verano es sinónimo de descenso de la actividad, caída de clientes y muchas dificultades para mantener el negocio en funcionamiento. Así, con el mes de julio ya aquí llega la pregunta de todos los años: ¿Merece la pena darse de baja de autónomos durante estos meses si disminuye la actividad? La decisión no debe tomarse a la ligera. Te contamos los pros y contras. 

Ventajas de darse de baja del RETA durante el verano 

El principal beneficio de darse de baja como autónomo en verano es claro: no tener que pagar la cuota de autónomos durante estos meses. 

Ahora bien, esto tan sólo podría ser recomendable para cierto tipo de autónomos en situaciones muy determinadas.  Sería el caso, por ejemplo, de un autónomo cuya actividad sufre un parón completo en los meses de verano

Desventajas de darse de baja de autónomo en verano 

Interrumpir la actividad profesional como autónomo también acarrea algunas desventajas para el profesional, y deben tenerse en cuenta. 

  • Pérdida de bonificaciones: aunque en esos meses en los que estás de baja no vas a pagar la cuota de autónomo, si estabas disfrutando de algún tipo de reducción o bonificación, la perderás. Tarifa plana, bonificaciones por maternidad y paternidad; ayudas para menores de 30 años… Son muchas y muy variadas las bonificaciones de las que puede estar beneficiándose el autónomo y a las que perderá el derecho automáticamente al darse de baja durante los meses de verano.   
  • Imposibilidad de deducirse los gastos: aunque la actividad disminuya, lo cierto es que hay algunos gastos, como el alquiler del local, a los que seguramente tendrás que seguir haciendo frente. Estos gastos no podrán deducirse de ninguna manera durante los meses que estés dado de baja. 
  • Trabas burocráticas: para darte de baja en verano deberás presentar el modelo 036 en Hacienda y tramitar el TA0521 en la Seguridad Social. Para darte de alta en septiembre deberás pasar, una vez más, por el mismo trámite, y hacerlo en los 10 días previos al inicio de la actividad.  

Como ves, son varios los factores sobre los que hay que reflexionar antes de tomar la decisión de si darse de baja o no como autónomo durante el verano. En Asesoría Campastur estaremos a tu lado para asesorarte sobre éstas y otras cuestiones siempre que lo necesites.  Contacta con nosotros si quieres nuestra ayuda. Te ofrecemos la propuesta de asesoramiento perfecta para tu negocio.

Publicado por Javier Fernández Díaz en Blog, 0 comentarios
Claves del nuevo sistema de cotización para autónomos

Claves del nuevo sistema de cotización para autónomos

Con el visto bueno de la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), la última asociación en hacerlo, a finales de julio se puso punto y final al proceso de negociación del nuevo sistema de cotización para autónomos. El Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, establece la nueva cotización, que se efectuará en función de los rendimientos anuales obtenidos en el ejercicio de sus actividades económicas. Pero, ¿cómo funciona realmente? Te damos todas las claves. 

¿En qué consiste este sistema de cotización? 

 Con este nuevo sistema, los autónomos declararán por primera vez en función de sus rendimientos netos, es decir, de la diferencia entre ingresos y costes y, por tanto, de sus ingresos reales.

¿Cuáles son los tramos de cotización y las cuotas? 

 El sistema está dividido en 15 tramos, y ya puede consultarse cómo serán los tramos del 2023 a 2025. De momento, para el primer año se establecen cuotas de 230 a 500 euros para los autónomos en función de sus rendimientos netos.

De esta forma, los trabajadores por cuenta propia que ganen hasta 1.300 euros mensuales, notarán una bajada el próximo año con respecto al pago actual, y los que ingresen entre 1.300 y 1.700 se mantendrán en la misma situación, pagando 294 euros hasta 2025. Por otro lado, los incrementos de las cuotas serán mayores para quienes más ganen. 

¿Hay que pagar siempre el mismo tramo? (H2)

Los trabajadores por cuenta propia se tendrán que situar en un tramo según sus previsiones y en función del histórico de su actividad. No obstante, en función de posibles contingencias o del desarrollo profesional, pueden cambiar de tramo cada dos meses, con un máximo de seis veces cada año

¿Cuál es la cuota mínima de autónomos? 

Se fija una cuota mínima de 230 euros al mes en 2023, 64 euros menos que la mínima actual de 294 euros. Esto supondrá cierto ahorro, sobre todo, para los autónomos que ganen 670 euros mensuales o menos. En su caso,  el pago irá reduciéndose hasta llegar a 200 euros en 2025, es decir, una bajada de casi 100 euros con respecto a la cuota actual.

¿Hay cuota reducida por inicio de la actividad?

El nuevo sistema de cotización de autónomos establece una cuota reducida por inicio de actividad, sustituta de la actual tarifa plana, de 80 euros mensuales.

La cuota reducida por inicio de actividad será aplicable durante 12 meses a todos aquellos que inicien su actividad por cuenta propia. Pasado ese periodo, se podrá extender otros doce meses más si el autónomo presenta ingresos por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), mientras que los que superen ese umbral empezarán a cotizar de acuerdo al tramo de cotización que le corresponda.

Ahora ya sabes lo más importante sobre el nuevo sistema de cotización para autónomos, que entrará en vigor en enero de 2023 y lleva consigo un período transitorio de 9 años hasta su implantación definitiva en 2032. Pero, ¿necesitas más información o asesoramiento al respecto? En Asesoría Campastur te ayudamos en todo lo que necesites.  Contacta con nosotros para gestionar adecuadamente tu negocio. Te ofrecemos la solución adecuada para ti, tengas el tipo de empresa que tengas.