Así será la jubilación de los autónomos a partir del año que viene

La jubilación es, sin lugar a dudas, uno de los grandes quebraderos de cabeza para los autónomos. La reforma de las pensiones que entró en vigor en 2013 modifica año tras año, tanto la edad de acceso al retiro, como la forma de calcular la prestación de aquellos que vayan a jubilarse. Y el 2022 no será una excepción y traerá nuevos cambios ¿Eres autónomo y te queda poco para retirarte? La revalorización en función del IPC, los nuevos coeficientes reductores por la jubilación anticipada y los incentivos para los trabajadores que alarguen su vida laboral serán algunas de las principales modificaciones que entrarán en vigor a partir del año que viene. 

Cambios en la jubilación para autónomos

  • La pensión subirá de media 81€ al año: una de las medidas más importantes será la recuperación del IPC para la revalorización anual de las pensiones. La prestación que cobran los jubilados -autónomos y asalariados- subirá un 0,9% respecto a 2020. Trasladando este porcentaje al colectivo de trabajadores por cuenta propia, que en el mes de julio cobraron una pensión media de jubilación de 777 euros, se puede prever una subida mensual media de 6,8 euros que, por 12 pagas, supondría un aumento medio de 81 euros anuales.
  • Aumenta la edad de jubilación: la edad mínima legal de acceso a la prestación para recibir el 100% volverá a subir en 2022. Este año, los autónomos debían o bien tener cumplidos los 65 años si tienen 37 años y 3 meses o más cotizados, o bien, en caso de no tener este período de cotización, haber cumplido los 66 años. Sin embargo, para el año que viene, deberán retirarse una vez cumplidos los 65 años si tienen un periodo de cotización de 37 años y seis meses. En el caso de que su periodo cotizado sea inferior, deberán esperar hasta los 66 años y 2 meses.
  • También sube la edad para acceder a la jubilación anticipada: los autónomos que quieran jubilarse anticipadamente en 2022 tendrán que tener, al menos, 64 años y dos meses, y acreditar un periodo mínimo de cotización de 35 años, 15 de ellos anteriores al momento de jubilarse. No obstante, se debe tener en cuenta que existen cuatro tramos de penalización:
  1. A aquellos que tengan 38 años y seis meses cotizados, o menos, en el momento de la solicitud, se les aplicará una reducción del 8% por año o un 2 % por cada trimestre que soliciten la pensión antes de tiempo.
  2. A  aquellos que tengan una cotización de entre 38 años y seis meses y 41 años y seis meses en el momento de la solicitud se les aplicará un  coeficiente reductor de 7.5%  por año anticipado y 1,87% por cada trimestre.   
  3. A aquellos cuya cotización supera los 41 años y seis meses y es inferior a los 44 años y seis meses en el momento de la solicitud, se les aplicará un coeficiente reductor del 7% a su pensión por cada año anticipado (y 1.75% por cada trimestre).  
  4. A aquellos que hayan cotizado  44 años y seis meses o más, se les aplicará un coeficiente reductor de un 6.5% sobre su prestación por cada año anticipado (1.675% por cada trimestre).
  • Cheque de 12.000 euros o un 4% más de pensión para autónomos que retrasen su jubilación: todo apunta a que el Parlamento aprobará de cara a 2022 mejoras de los incentivos a la jubilación demorada. Si esto se lleva a cabo finalmente, habría tres modelos a elegir por el trabajador:
    •  Un porcentaje añadido a su pensión de por vida, que es el mismo modelo que había hasta ahora, con el único cambio de que se aplicaría siempre un 4%. 
    • Un pago único equivalente, por el que el autónomo podrá acceder a un pago único de hasta 12.000 euros
    •  Una combinación de ambas modalidades, consistente en el cobro del plus mensual sobre la pensión y el nuevo pago único.

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